Casa de la Estrella. Donde nació la República libre y soberana de Venezuela en 1830.

Casa de la Estrella. Donde nació la República libre y soberana de Venezuela en 1830.
Casa de la Estrella, ubicada entre Av Soublette y Calle Colombia, antiguo Camino Real donde nació la República libre y soberana de Venezuela en 1830, con el General José Antonio Páez como Presidente. Valencia: "ciudad ingrata que olvida lo bueno" para el Arzobispo Luis Eduardo Henríquez. Maldita, según la leyenda, por el Obispo mártir Salvador Montes de Oca y muchos sacerdotes asesinados por la espalda o por la chismografía cobarde, que es muy frecuente y característica en su sociedad.Para Boris Izaguirre "ciudad de nostalgia pueblerina". Jesús Soto la consideró una ciudad propicia a seguir "las modas del momento" y para Monseñor Gregorio Adam: "Si a Caracas le debemos la Independencia, a Valencia le debemos la República en 1830".A partir de los años 1950 es la "Ciudad Industrial de Venezuela", realidad que la convierte en un batiburrillo de razas y miserias de todos los países que ven en ella El Dorado tan buscado, imprimiéndole una sensación de "ciudad de paso para hacer dinero e irse", dejándola sin verdadero arraigo e identidad, salvo la que conserva la más rancia y famosa "valencianidad", que en los valencianos de antes, que yo conocí, era un encanto acogedor propio de atentos amigos...don del que carecen los recién llegados que quieren poseerlo y logran sólo una mala caricatura de la original. Para mi es la capital energética de Venezuela.

lunes, 28 de abril de 2014

En referencia a la reforma de la Ordenanza sobre el Cronista de la ciudad, el concejal y coordinador de la comisión de Legislación del Concejo Municipal de Puerto Cabello, Juan Samuel Cohén, explicó que en el instrumento se incluyen los elementos que cubren a plenitud las exigencias de la ley.

Notitarde 27/04/2014 
Afirmó el concejal Juan Samuel Cohén

“Reforma de la Ordenanza sobre el Cronista es constitucional”

Puerto Cabello, abril 27 (Especial).- En referencia a la reforma de la Ordenanza sobre el Cronista de la ciudad, el concejal y coordinador de la comisión de Legislación del Concejo Municipal de Puerto Cabello, Juan Samuel Cohén, explicó que en el instrumento se incluyen los elementos que cubren a plenitud las exigencias de la ley.

“En primer lugar, se establecen los objetivos y metas de la Ordenanza, las condiciones de carácter y las cualidades personales del Cronista y en segundo lugar, se plantean las funciones y marcos de competencias del mencionado funcionario o funcionaria”.

Asimismo, el concejal señaló que la duración del Cronista será por un período municipal, con derecho a participar en los siguientes concursos, acogiéndonos al principio de alternabilidad, ya que el sistema constitucional no específica en ningún articulado que los funcionarios públicos tengan carácter vitalicio, por ende surgió la necesidad de determinar el tiempo de funcionalidad del cargo.

Específico que “si bien es cierto que no hay una ausencia absoluta de quien venía ejerciendo el cargo de cronista en el municipio Puerto Cabello, también es real que hay un vacío de las obligaciones que en la Ordenanza -creada por el órgano legislativo local- establece debe cumplir este funcionario público y la ley también castiga la conducta omisiva”.

Cohén apuntó que un segundo elemento, que también se consideró fundamental, es que en la Ordenanza se establezca que el Cronista trabaje en conjunto con el historiador de las comunidades, de las parroquias, para así recopilar todos los datos sobre las costumbres, tradiciones y cultura que involucre lo popular y lo genuino de nuestro pueblo.

El Carabobeño 28 abril 2014

 Cohén: Reforma de ordenanza sobre el cronista es constitucional

El edil y coordinador de la comisión de Legislación del Concejo Municipal de Puerto Cabello, Juan Samuel Cohén, dijo que entre las funciones que deben cumplir los órganos de legislación, está vigilar que ningún instrumento que cree esté en discordancia con lo que dicta la Constitución como Ley macro y aseguró que por tal razón se reformó la Ordenanza sobre el cronista.   
También consideró fundamental, que en la Ordenanza se establezca que el cronista trabaje en conjunto con el historiador de las comunidades, de las parroquias, para así recopilar todos los datos sobre las costumbres, tradiciones y cultura que involucre  lo popular y  lo  genuino del pueblo. 
Nelson Vielma, designado como cronista interino reiteró que no accederá a las oficinas hasta que no se haga una entrega formal, además alabó que la documentación esté en buen estado, tal y como lo afirmó en días pasado Asdrúbal González y manifestó su intención de no entrar en ninguna diátriba estéril que considera en nada ayudaría a la jurisdicción. (MLR)

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