Casa de la Estrella. Donde nació la República libre y soberana de Venezuela en 1830.

Casa de la Estrella. Donde nació la República libre y soberana de Venezuela en 1830.
Casa de la Estrella, ubicada entre Av Soublette y Calle Colombia, antiguo Camino Real donde nació la República libre y soberana de Venezuela en 1830, con el General José Antonio Páez como Presidente. Valencia: "ciudad ingrata que olvida lo bueno" para el Arzobispo Luis Eduardo Henríquez. Maldita, según la leyenda, por el Obispo mártir Salvador Montes de Oca y muchos sacerdotes asesinados por la espalda o por la chismografía cobarde, que es muy frecuente y característica en su sociedad.Para Boris Izaguirre "ciudad de nostalgia pueblerina". Jesús Soto la consideró una ciudad propicia a seguir "las modas del momento" y para Monseñor Gregorio Adam: "Si a Caracas le debemos la Independencia, a Valencia le debemos la República en 1830".A partir de los años 1950 es la "Ciudad Industrial de Venezuela", realidad que la convierte en un batiburrillo de razas y miserias de todos los países que ven en ella El Dorado tan buscado, imprimiéndole una sensación de "ciudad de paso para hacer dinero e irse", dejándola sin verdadero arraigo e identidad, salvo la que conserva la más rancia y famosa "valencianidad", que en los valencianos de antes, que yo conocí, era un encanto acogedor propio de atentos amigos...don del que carecen los recién llegados que quieren poseerlo y logran sólo una mala caricatura de la original. Para mi es la capital energética de Venezuela.

domingo, 27 de abril de 2014

Su hija Laura Castillo, periodista de ·El Nacional" fue apabullada junto al equipo de dicho diario por los colectivos chavistas en marcha de ayer sábado 26 frente a la Universidad Bolivariana en Los Chaguaramos.

El Carabobeño 27 abril 2014

Julio Castillo: Sala Costitucional viola principios de la Carta Magna

César Aníbal Meléndez
El columnista, Julio Castillo Sagarzazu, catalogó a la  Sala Constitucional del TSJ como una violadora sistemática de la Constitución de Venezuela. Dijo que la Sentencia que  se acaba de emitir señalando que es necesaria una autorización para manifestar, contradice  el artículo 68 de la Carta magna. 
Castillo explicó que la ley es muy clara y solo se debe participar a la primera autoridad de un municipio para realizar manifestaciones y protestas. Formuló que la sentencia invade competencias del poder ejecutivo, que puede suspender algunas garantías en determinados momentos, lo que conlleva a una desviación del poder  y usurpación de atribuciones. 
Señaló que para hacer válida una disposición de tal magnitud, es necesario reformar la constitución, porque todo lo referente a los derechos y garantías ciudadanas, forman parte de lo que la doctrina llama Dogmática Constitucional, que no es más que un cuerpo de normas que no pueden ser modificadas. “Están allí para que permanezcan ad infinitum”.

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