El Carabobeño LUNES 12 DE MARZO DE 2012
Es un acto al margen de la ley que ha violentado la Constitución Nacional, porque el Poder Ejecutivo ha invadido las competencias del Poder Judicial
Decisión contra el Ateneo de Valencia viola la Constitución
El Ministerio de la Cultura, no solicitó una medida cautelar ante un tribunal. (Foto El Carabobeño)
Alfredo Fermín | afermin@el-carabobeno.com
El ex magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Aníbal Rueda,
afirma que la decisión del Ministerio de la Cultura en contra del
Ateneo de Valencia, es un acto al margen de la ley que ha
violentado la Constitución Nacional, porque el Poder
Ejecutivo ha invadido las competencias del Poder Judicial.
El ex rector de la Universidad de Carabobo se refirió a la
providencia administrativa del Ministerio de la Cultura,
publicada el pasado viernes, mediante la cual dispuso que
los inmuebles y la valiosa colección de arte venezolano del
Ateneo de Valencia, esté bajo protección y salvaguarda del
Instituto de las Artes de la Imagen y el Espacio (Iartes) o sea
a la antigua sede del Ateneo de Caracas.
Es evidente que el ente administrativo -explicó Rueda- que en este
caso es el Ministerio de la Cultura, no solicitó una medida cautelar
ante un tribunal para el resguardo de las obras que va a
proteger, para que no se extravíen.
En el caso de transferir los bienes del Ateneo, muebles
inmuebles al Instituto de las Artes de la Imagen y el
Espacio, (Iartes), no es una decisión administrativa
sino judicial, cuyo órgano competente es un tribunal, detalló
Rueda. “Desde este punto de vista, la providencia administrativa
es inconstitucional. Un Ministerio no está facultado para
dictar previsiones judiciales como medidas de custodia y de
resguardo anticipativa”.
El ex magistrado considera que estamos ante un desbordamiento
de la autoridad administrativa, por encima de las facultades del
Poder Judicial. “Con la decisión en contra del Ateneo de
Valencia se ha puesto en riesgo el Estado de derecho y
el equilibrio de los poderes”.
¿Se ha ordenado una confiscación?
-Prácticamente estamos ante una confiscación. La parte afectada
que, en este caso es el Ateneo de Valencia, puede alegar ante el
tribunal que no hubo procedimiento previo para un acto
administrativo, ni ha tenido ninguna participación en el proceso.
Aguirre: Acto inconstitucional
El abogado Lubín Aguirre, profesor de Derecho Constitucional
y Administrativo, explicó que en el caso del Ateneo de Valencia,
no se puede hablar de expropiación que es una institución
del Derecho Público, mediante la cual bienes que pertenecen
a los particulares pasen al Estado con la finalidad de atender
una obra pública. Por eso, se llama expropiación por causa
de utilidad pública. Si los bienes van a pasar de los particulares
que son los dueños al Estado, debe haber una justa indemnización previa.
Como los inmuebles y las obras de arte del Ateneo de Valencia
forman parte del patrimonio artístico e histórico de la nación y
pertenecen a una asociación civil sin fines de lucro el Estado,
en estricto apego a la Constitución Venezolana tiene que expropiarlas.
NOTA:¿ Pensaron cuando en 1991 rompieron con el rito de la identidad
ateneísta que viene de Grecia y el pacto con la Diosa Atenea...?
De lo contrario, se viola la Constitución.
Cuando un bien, cualquiera que sea, es propiedad de particulares,
y si el Estado lo califica de utilidad pública, tiene que
determinarse una justa indemnización para que el dueño se
desprenda de su bien.
-¿Qué debe hacer la junta directiva del Ateneo?
-Debe intentar una acción de protección de amparo de
su propiedad, porque el Gobierno Nacional la está adquiriendo
sin el debido proceso expropiatorio
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