Aseguró la síndico municipal, Maryelis Pino
“Es falso que Puerto Cabello tenga dos cronistas”
- Maryelis Pino, síndico municipal de Puerto Cabello. (Foto: Cortesía. / )
Puerto Cabello, mayo 4 (Especial).- La síndico municipal, Maryelis Pino, se pronunció ante las declaraciones emitidas por el ex cronista de la ciudad, Asdrúbal González, quien aseguró que seguía siendo el cronista del municipio porteño, situación que la abogada señaló como imposible.
“Primeramente es importante destacar que no existen dos cronistas municipales, fue destituido el ciudadano Asdrúbal González de su cargo y en vista de considerarse la destitución una falta absoluta, procedió el Concejo Municipal a nombrar a un cronista interino mientras se llama a concurso, todo esto de conformidad a lo que establece la Ordenanza sobre el Cronista del Municipio Puerto Cabello. Entonces no existen dos cronistas si existió la falta absoluta al producirse la destitución del cronista Asdrúbal González”, dijo Pino.
Dijo que a los fines de que se aclaren las dudas que pudiesen tener los lectores en vista de todo lo que se ha suscitado, la Sindicatura Municipal hace del conocimiento público el procedimiento legal aplicado al caso de marras.
La Ley Orgánica del Poder Público Municipal establece en sus artículos 122 y 123 que el municipio podrá crear mediante ordenanza la figura del cronista, y en aquellos municipios donde ya exista será designado o designada al producirse su ausencia absoluta; asimismo, se establece que las competencias, funcionamiento y derechos quedarán establecidos en la ordenanza respectiva.
El 21 de diciembre de 2009 fue sancionada la Ordenanza sobre el cronista del municipio Puerto Cabello, la cual está vigente para la fecha, y desarrolla en sus artículos 10, 11, 12 y 13 las faltas absolutas del cronista municipal, entre las cuales se encuentra la destitución, evidenciándose de la norma que existe una limitación al período de ejercicio del cargo de cronista. Asimismo establece que de existir una falta absoluta, se deberá nombrar a un cronista interino, el cual durará en sus funciones hasta que se designe a uno titular, previo llamado a concurso.
Igualmente, se evidencia que el cronista puede ser destituido por las dos terceras partes (2/3) del Concejo Municipal, previa formación del expediente por parte de la Sindicatura Municipal, todo esto con el propósito de preservar el derecho a la defensa y el debido proceso, aun cuando este funcionario público se encuentre enmarcado en los cargos de altos funcionarios municipales de mayor rango o jerarquía, de acuerdo a lo estipulado en la ordenanza antes mencionada.
Del mismo modo, la Ordenanza sobre el Cronista del Municipio consagra las causales de destitución del cronista municipal, siendo una de éstas el reiterado incumplimiento sin causa justificada de sus deberes y atribuciones.
En virtud a todo lo anteriormente expuesto, Pino acotó, “este despacho recibió del Concejo Municipal solicitud de apertura del procedimiento de destitución en virtud de que presuntamente se encontraba el Dr. Asdrúbal González incurso en una de dichas causales, motivo por el cual esta Sindicatura procedió a dar apertura al procedimiento a los fines de la investigación correspondiente, realizando debidamente la notificación al funcionario en referencia y llevando a cabo el procedimiento respectivo”.
“Primeramente es importante destacar que no existen dos cronistas municipales, fue destituido el ciudadano Asdrúbal González de su cargo y en vista de considerarse la destitución una falta absoluta, procedió el Concejo Municipal a nombrar a un cronista interino mientras se llama a concurso, todo esto de conformidad a lo que establece la Ordenanza sobre el Cronista del Municipio Puerto Cabello. Entonces no existen dos cronistas si existió la falta absoluta al producirse la destitución del cronista Asdrúbal González”, dijo Pino.
Dijo que a los fines de que se aclaren las dudas que pudiesen tener los lectores en vista de todo lo que se ha suscitado, la Sindicatura Municipal hace del conocimiento público el procedimiento legal aplicado al caso de marras.
La Ley Orgánica del Poder Público Municipal establece en sus artículos 122 y 123 que el municipio podrá crear mediante ordenanza la figura del cronista, y en aquellos municipios donde ya exista será designado o designada al producirse su ausencia absoluta; asimismo, se establece que las competencias, funcionamiento y derechos quedarán establecidos en la ordenanza respectiva.
El 21 de diciembre de 2009 fue sancionada la Ordenanza sobre el cronista del municipio Puerto Cabello, la cual está vigente para la fecha, y desarrolla en sus artículos 10, 11, 12 y 13 las faltas absolutas del cronista municipal, entre las cuales se encuentra la destitución, evidenciándose de la norma que existe una limitación al período de ejercicio del cargo de cronista. Asimismo establece que de existir una falta absoluta, se deberá nombrar a un cronista interino, el cual durará en sus funciones hasta que se designe a uno titular, previo llamado a concurso.
Igualmente, se evidencia que el cronista puede ser destituido por las dos terceras partes (2/3) del Concejo Municipal, previa formación del expediente por parte de la Sindicatura Municipal, todo esto con el propósito de preservar el derecho a la defensa y el debido proceso, aun cuando este funcionario público se encuentre enmarcado en los cargos de altos funcionarios municipales de mayor rango o jerarquía, de acuerdo a lo estipulado en la ordenanza antes mencionada.
Del mismo modo, la Ordenanza sobre el Cronista del Municipio consagra las causales de destitución del cronista municipal, siendo una de éstas el reiterado incumplimiento sin causa justificada de sus deberes y atribuciones.
En virtud a todo lo anteriormente expuesto, Pino acotó, “este despacho recibió del Concejo Municipal solicitud de apertura del procedimiento de destitución en virtud de que presuntamente se encontraba el Dr. Asdrúbal González incurso en una de dichas causales, motivo por el cual esta Sindicatura procedió a dar apertura al procedimiento a los fines de la investigación correspondiente, realizando debidamente la notificación al funcionario en referencia y llevando a cabo el procedimiento respectivo”.
Notitarde 22/04/2014
Comisión especial del Concejo Municipal
"Es triste ver el desastre en el que está la Casa Guipuzcoana"
- Casa Guipuzcoana (Archivo / )
Especial
Puerto Cabello, abril 22- Miembros de la Comisión Especial designada por el Concejo Municipal de Puerto Cabello para inspeccionar las instalaciones de la Casa Guipuzcoana, donde han venido funcionando las oficinas del Cronista de la ciudad, calificaron como lamentable que los registros históricos del municipio se encuentren en estado de deterioro y abandono.
Tal apreciación se dio a conocer este martes durante la sesión ordinaria del órgano legislativo local, en la cual se dio lectura al informe emitido por la Comisión Especial, conformada por los concejales: Dina Castillo, Marleni de Saavedra y Ángel Remigio Hermoso, en conjunto con el secretario municipal Gustavo Marval, las abogadas Maryelis Pino, síndico procuradora municipal, y Yoleida Flores, consultora jurídica del Concejo Municipal, quienes el día 15 de abril en horas de la tarde realizaron la inspección de la Casa Guipuzcoana en compañía de la notaria pública de Puerto Cabello, Mariana León.
Al respecto, Marleni de Saavedra, miembro de la Comisión, expresó: "es triste ver el desastre en el que se encuentra un lugar tan importante como lo es la Casa Guipuzcoana, recinto por el que luchó tanto don Miguel Elías Dao, quien durante muchos años fue cronista de nuestra ciudad, tiempo en el que se encargó de cuidar y velar por mantener toda la documentación y legados históricos de Puerto Cabello, tal como le correspondía; ahora, encontramos una sede pintada por fuera, pero desatendida por dentro".
En este sentido, Ángel Remigio Hermoso, quien también acudió a la inspección, manifestó: "me sorprendió ver que prácticamente no hay archivos de nuestra historia, los pocos documentos encontrados estaban arrumados en cajas llenas de polvo y casi no se pueden leer, al igual que las fotografías y cuadros apilados demuestran descuido. Por ende, reitero que la destitución del Cronista no es un capricho".
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